El fundamental es establecer el régimen sancionatorio y los procedimientos de decomiso de mercancías en el ámbito de las aduanas, además de definir el protocolo propósito que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) debe seguir en tales circunstancias.
Aspectos clave del decreto
De acuerdo con el decreto, se ha instituido un comité de revisión de aprehensiones cuya función es analizar y recomendar a las direcciones seccionales si deben adoptar la medida cautelar de aprehensión o liberar la mercancía en caso de que esta última ya haya sido objeto de aprehensión, Solicitud previa del usuario aduanero.
Todas estas disposiciones se aplicarán en concordancia con los siguientes principios fundamentales:
i) Principio de favorabilidad: Si antes de que se emita una decisión definitiva sobre la imposición de una sanción o el decomiso, entra en vigencia una norma que beneficia al interesado, la autoridad aduanera la aplicará automáticamente en su favor.
ii) Principio de legalidad: Nadie podrá ser sometido a un proceso sancionatorio aduanero ni al decomiso de mercancías, a menos que esto se realice de acuerdo con normativas preexistentes a la infracción imputada, ante la entidad administrativa competente y cumpliendo rigurosamente con los procedimientos administrativos establecidos. .
iii) Principio de prohibición de doble sanción por la misma infracción o aprehensión por el mismo hecho: Ninguna persona podrá ser sancionada dos veces por la misma conducta, ni se podrá decomisar la mercancía en más de una ocasión por la misma causa.
Fuente: ambitojuridico.com
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